Financiamiento público a los partidos políticos

José Lumbreras García

Artículo publicado en la página 8 de El Sol de Tlaxcala el día 13 de octubre de 2020

En la Constitución Federal se reconoce la existencia e importancia de los partidos políticos, y se les otorga la naturaleza de entidades de interés público.

Tal reconocimiento es el sustento de los derechos y obligaciones para los partidos políticos que se contemplan en las leyes tanto general como locales que rigen, esencialmente, la vida de los institutos políticos. Dentro de estos aspectos, cobra especial relevancia lo relativo al financiamiento de los mismos.

En el avance de la normativa electoral, con la reforma legal federal de 1987 se previó que los partidos políticos deberían tener financiamiento público, y desde entonces se partió de que la base para ello debería ser el número de votos obtenidos en las elecciones federales inmediatamente anteriores y el número de curules logradas en la Cámara de Diputados por cada partido; lo que, por supuesto, permeó hacia las legislaciones locales.

Posteriormente se fueron ampliando los conceptos de financiamiento público, como la disposición concreta sobre el destino de determinados recursos de acuerdo a la actividad de los partidos políticos; esto es, hacia la actividad ordinaria, la actividad electoral o a algunas otras actividades denominadas específicas.

Particularmente, en la reforma electoral de 1996, al respecto se consideró que el financiamiento público debería ser predominante con relación al privado, estableciéndose reglas sobre el mismo, como la especificación de las fuentes y los límites de las donaciones, la exclusión de dinero de determinados orígenes, topes a lo que los partidos pueden gastar en las campañas; así como un régimen de fiscalización a las finanzas de los partidos y otro de sanciones.

Todo esto con el fin de promover y salvaguardar la equidad en la contienda electoral, la independencia y autonomía de los partidos frente a grupos de poder económico y la transparencia en las finanzas de la contienda política.

Actualmente, es sabido que frecuentemente se discute sobre la pertinencia del otorgamiento de dinero público a los partidos políticos, en el sentido de que tales recursos debieran utilizarse, por lo menos en parte, para otros fines y necesidades sociales.

Esto, principalmente porque se ha considerado que, aunque el financiamiento de los institutos políticos, en términos llanos, busca el establecimiento de condiciones que fortalezcan nuestra democracia, en los términos actuales ha resultado muy costoso, por la cantidad de recursos públicos invertidos y porque no ha logrado blindar el proceso electoral en los términos descritos; además de que no en todos los regímenes democráticos la solventación de los gastos de los partidos políticos se observa de esta forma, esto es, se sostiene con prevalencia del financiamiento privado, con mejores resultados.

Ello, seguramente será materia de análisis luego del proceso electoral venidero.