Redes sociales como medio comisivo de infracción

Miguel Nava Xochitiotzi 

Artículo publicado en la página 8 de El Sol de Tlaxcala el día 20 de abril de 2021

Las redes sociales son espacios del pleno ejercicio de libertad de expresión, sin embargo el contenido de lo que se difunde en ellas, puede y debe ser analizado a fin de constatar su legalidad, especialmente cuando se denuncie un posible acto que pudiera llegar a ser violatorio de la normatividad electoral; sin que ello pueda llegar a considerarse como una restricción injustificada al derecho fundamental de libertad de expresión, pues tal derecho está sujeto a los parámetros constitucionales, convencionales y legales.

Es por ello que al momento de analizar este tipo de contenido, se debe considerar la calidad de la persona que emite un mensaje en las redes sociales y por supuesto, el contexto en el que se difunde, con la finalidad de estar en aptitud de determinar si es posible que se actualice alguna afectación a los principios que rigen los procesos electorales, como pudiera ser la equidad en la contienda.

De ahí que las personas que tenga el carácter de servidor público, militante y/o miembro de algún órgano de dirección de un partido político, sea aspirante u ostente una precandidatura o candidatura, así como aquellos que tengan un impacto en la vida pública del país, están sujetos de un examen más riguroso y estricto del contenido de las publicaciones que realicen en sus redes sociales que un ciudadano común, que no tenga la calidad antes mencionada, pues en caso de que se determinara que la publicación corresponde a una persona que no participa activamente en las cuestiones políticas o electorales del país, se deberá partir de la premisa de que dichas manifestaciones gozan de una presunción de espontaneidad propia de la interacción de las redes sociales, sin actualizarse alguna infracción a la normativa electoral.

Para que el Tribunal Electoral conozca de este tipo de infracciones, es necesario que se denuncie la conducta infractora ante la autoridad administrativa electoral local para que a través de un procedimiento especial sancionador, se realice todo lo necesario para investigar si lo que se denuncia efectivamente constituye una transgresión a la ley.

Derivado de lo anterior, es que el Tribunal Electoral de Tlaxcala tiene un papel fundamental al resolver cuestiones que se relacionan con la forma de interactuar en las redes sociales en el aspecto político-electoral, pues como órgano jurisdiccional debe analizar en todo momento el contexto de las publicaciones o mensajes, valorar si el mismo corresponde a una mera opinión o interacción del usuario de una red social o bien, si su verdadero objetivo era beneficiarse o beneficiar a una opción electoral en específico.