Comunicado 28

20 de mayo de 2016

 

Reciben Morena y su candidato a alcalde de Zacatelco nueva amonestación pública del TET

El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) aprobó una nueva amonestación pública para el Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y su candidato a la presidencia municipal de Zacatelco, Sergio Serrano Moreno, al acreditarse la denuncia interpuesta por el Partido Encuentro Social (PES) de haber colocado propaganda en equipamiento urbano, algo prohibido por la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala.

El proyecto presentado por el magistrado Luis Manuel Muñoz Cuahutle propuso declarar acreditada la colocación de propaganda electoral, consistente en 11 pendones colocados en postes de energía eléctrica y telefonía, así como en una lona colgada en edificio privado, sujetándose a un poste de energía eléctrica.

La resolución aprobada estableció que lo anterior “constituye una infracción a la normativa electoral local en atención a que los postes de alumbrado y telefonía, donde se colocó la propaganda denunciada, dada la utilidad y servicio que prestan a la comunidad, deben ser considerados como elementos perteneciente al equipamiento urbano ello, en virtud del uso que otorgan a la población para contar con energía eléctrica y servicios telefónicos”.

La amonestación aprobada por unanimidad de votos busca disuadir en el futuro la posible comisión de faltas similares que también pudieran afectar los valores protegidos por la ley.

Apenas ayer jueves, por haber incurrido en actos de propaganda anticipada, el Pleno del TET también sancionó con una amonestación pública a Morena y a su candidato a la presidencia municipal por Zacatelco, Sergio Serrano Moreno.

Sin embargo, el magistrado José Lumbreras García consideró conveniente no sancionar a Morena y a su candidato por reincidencia, considerando que los actos que originaron las respectivas amonestaciones fueron por asuntos completamente diferentes.

Ordenan a alcalde de Contla a pagar salarios de presidente de comunidad

Por otra parte, el Pleno del TET ordenó al presidente municipal de Contla de Juan Cuamatzi, Filemón Acoltzi Nava, a pagar el salario del presidente de comunidad de la Sección Novena Colhuaca, Fernando Netzáhuatl Netzáhuatl, a partir de la segunda quincena del mes de octubre de 2015 en que le fue retenida, a la fecha.

Los magistrados electorales locales observaron que la retención de las dietas al presidente de comunidad se generó a partir de un acta elaborada ante la presencia del secretario del ayuntamiento, aprobada por una comisión de vecinos de la comunidad de la Sección Novena Colhuaca, del municipio de Contla de Juan Cuamatzi, a través de la cual un conjunto de personas manifestó inconformidad en contra de su autoridad.

Sin embargo, precisaron que la determinación de tal retención “no encuentra sustento constitucional o legal alguno, ya que, con independencia de que se acreditaran las supuestas causas por la que el ayuntamiento o presidente municipal tomara esa determinación, lo cierto es que de acuerdo a la legislación aplicable, no cuenta con facultad o atribución expresa para ello”.

En consecuencia, el Pleno del Tribunal consideró ilegal la medida consistente en la suspensión de retribución o remuneración de Fernando Netzahual Netzahual como presidente de comunidad, por lo que dejó sin efectos el acto que le dio origen y restituyó al actor en los derechos inherentes al ejercicio de su encargo, que indebidamente le fueron conculcados, es decir, al pago de su remuneración correspondiente.

Sin embargo, respecto de la solicitud del presidente de comunidad sobre la liberación del gasto corriente, los magistrados sobreseyeron la denuncia, en razón de que el presupuesto destinado a la Sección Novena Colhuaca, del municipio de Contla de Juan Cuamatzi, debe ser destinado para hacer frente a las necesidades propias de la comunidad, y no ser considerados como recursos inherentes a la persona, en específico de Fernando Netzahual Netzahual, como erróneamente lo pretendía

La resolución aprobada por unanimidad de votos estableció que si el presidente de comunidad considera que de manera ilegal fue retenido el gasto corriente del mes de octubre del año 2015 a la fecha, debe acudir a una autoridad diferente al TET, particularmente la que vigile el gasto público. “De ahí la improcedencia de su estudio y su consecuente sobreseimiento”, estableció la resolución.

Confirman registro de candidato del PT en Tocatlán

Por otra parte, al resolver el expediente TET-JE-073/2016, relativo al juicio electoral promovido por Juan Ramón Sanabria Chávez, representante del Partido Alianza Ciudadana (PAC) ante el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), los magistrados determinaron confirmar el registro de José del Carmen Hernández Morales como candidato del Partido del Trabajo (PT) a presidente municipal del Tocatlán.

El representante del PAC acusaba que en el caso del candidato petista se actualizaba la circunstancia de inelegibilidad, fundada en no encontrarse al corriente de sus contribuciones, particularmente del predial ante el ayuntamiento de Tocatlán.

Sin embargo, en su resolutivo el Pleno del TET declaró inatendibles los agravios, en razón de que de la interpretación de diversos artículos de la Constitución Política local y de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala, para ser registrado como candidato se requiere sólo una manifestación bajo protesta de decir verdad, de estar al corriente en el pago de sus contribuciones, tanto municipales, como estatales y federales

La ponencia encabezada por el magistrado Hugo Morales Alanís estableció que la oportunidad para impugnar el cumplimiento de dicho requisito “nace una vez celebrada y calificada la elección correspondiente, en cuyo caso, si se demuestra que el candidato ganador tiene algún crédito tributario pendiente de pago, deberá considerarse inelegible para ocupar el cargo respectivo”.

 

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