COMUNICADO 37

27 DE OCTUBRE DE 2020

TET: al poder Judicial, asunto sobre presupuesto al municipios de Zitlaltepec

* El ayuntamiento no fue incluido por el poder Legislativo en la distribución de recursos para obras y acciones del resarcimiento a las finanzas municipales para el ejercicio 2020

Por no ser un asunto de la materia electoral, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) declaró este martes su incompetencia para resolver un recurso impugnativo presentado por el alcalde y la síndica municipal de Zitlaltepec de Trinidad Sánchez Santos, Cruz Alejandro Juárez Cajica y María Dolores Mendoza Báez, respectivamente, en el que controvertían el Decreto de Ley No. 190 referente al Presupuesto de Egresos del Estado de Tlaxcala para el Ejercicio Fiscal 2020, publicado el 24 de diciembre de 2019.

Sin embargo, los magistrados electorales dejaron a salvo los derechos del alcalde y de la síndica municipal, a fin de que recurran ante la autoridad correspondiente y mediante la vía legal su solicitud de que se incluya al municipio de Zitlaltepec en la distribución de recursos para obras y acciones del resarcimiento a las finanzas municipales del estado de Tlaxcala.

Si bien entre los tres magistrados hubo coincidencia de que el asunto no correspondía a la materia electoral, debido a que la controversia planteaba un acto formalmente legislativo y por ese motivo debían declarar su incompetencia, los magistrados José Lumbreras García y Luis Manuel Muñoz Cuahutle emitieron un voto concurrente para dejar a salvo los derechos de los actores.

Ello, ante la propuesta del magistrado Miguel Nava Xochitiotzi de declinar competencia al órgano jurisdiccional federal en materia de derechos humanos, a fin de que un juzgado federal de esta entidad federativa conociera del caso.

Por su parte, Lumbreras García y Muñoz Cuahutle refirieron que el artículo 81 de la Constitución Política local establece que el Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), actuando como Tribunal de Control Constitucional, conocerá de los medios de los juicios de competencia constitucional, por actos o normas jurídicas de carácter general que violen la Constitución local y las Leyes que de ella emanen, suscitados entre el Poder Legislativo y un ayuntamiento o un concejo municipal.

Por otra parte, el Pleno del TET aprobó un incidente de aclaración de acuerdo plenario sobre el cumplimiento de sentencia, promovido por la sexta regidora del municipio de Santa Cruz Tlaxcala, Yolanda Díaz Meza. En ese acuerdo plenario se declaró la existencia de un incumplimiento parcial por parte de los integrantes de ese ayuntamiento para realizar una entrega de recursos aprobados en el presupuesto de egresos 2019 para la comunidad de Guadalupe Tlachco, pero no se precisó a qué integrantes se les aprobó una amonestación pública.

En esa circunstancia, los magistrados electorales declararon fundada la aclaración solicitada, por lo cual determinaron que no procedía la amonestación contra la sexta regidora del ayuntamiento y del presidente de comunidad de San Miguel Contla, José Félix Apolinar Castro Periañez, pues constó en autos que no tuvieron conocimiento de la sentencia y no estuvieron en aptitud de realizar actos tendientes al cumplimiento.

No obstante, los magistrados precisaron que ambas autoridades municipales, al ya tener conocimiento del asunto, también quedan vinculadas para cumplir la sentencia aprobada en su momento por el Pleno del TET.

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