Comunicado 37

3 de junio de 2016

Ordena TET al ITE integrar debidamente expediente sobre denuncia contra gobernador

Debido a que el expediente remitido en su momento por el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) no estuvo debidamente integrado, el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) regresó el expediente TET-PES-116/2016 a la Comisión de Quejas y Denuncias de ese organismo para integrar correctamente el procedimiento especial sancionador que existe contra el gobernador Mariano González Zarur por indebida difusión de propaganda gubernamental.

El expediente surgió de una denuncia interpuesta por Heriberto Gómez Rivera como representante suplente del Partido de la Revolución Democrática (PRD) ante el Consejo General del ITE, quien aduce que la ejecución de una obra en la ciudad de Apizaco fue colocada una propaganda gubernamental , señalando como responsable al gobernador Mariano González Zarur.

Esa propaganda contiene la frase siguiente: “El Gobierno del Estado construye: modernización de la avenida Cuauhtémoc , consistente en preliminares, banquetas y camellón, vialidad, alumbrado público, drenaje pluvial, rehabilitación de alcantarillado, sanitario y agua potable. Ubicación: Apizaco, municipio de Apizaco, Tlaxcala. Inversión total 60.13 millones de pesos”.

Sin embargo, la ponencia del magistrado Hugo Morales Alanís señaló que de las actuaciones se aprecia que la construcción de la obra estuvo bajo supervisión y dirección de la Secretaría de Obras Públicas, Desarrollo Urbano y Vivienda (Secoduvi) y esta entidad no fue señalada como probable responsable y, en consecuencia, tampoco fue llamada al procedimiento especial sancionador.

Por ello, los magistrados del TET aprobaron que lo procedente es que el representante legal de la Secoduvi sea emplazada sobre la denuncia, para que manifieste a lo que su derecho convenga.

En consecuencia, el Pleno del TET ordenó reponer el procedimiento especial sancionador por ser de orden público, a fin de contar con todos los elementos necesarios para realizar un pronunciamiento conforme a derecho, dando oportunidad a todas las partes involucradas de ser escuchadas.

Lo anterior, además de garantizar una defensa adecuada al debido proceso a los probables sujetos infractores sobre los hechos denunciados.

Desecha impugnación por extemporánea en caso de Nanacamilpa

Por otra parte, el Pleno del TET desechó de plano los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano interpuestos por Juana Hernández Cleto y otros, con el carácter de candidatos de la planilla de ayuntamiento del municipio de Nanacamilpa, con el objetivo de declarar nula candidatura de Manuel Roldán Benítez, para la presidencia de esa misma jurisdicción.

Lo anterior, después de que su recurso de impugnación lo presentaron fuera del plazo de cuatro días establecido en el artículo 19 de la Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral para el Estado de Tlaxcala.

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