Comunicado 58

07 de julio de 2016

 

Modifica TET cómputo en Francisco I. Madero La Mesa, Huamantla; gana candidato del PRD

El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala modificó el cómputo de la elección de presidente de comunidad de Francisco I. Madero La Mesa, municipio de Huamantla, por lo cual también revocó la expedición de la constancia de mayoría entregada por el consejo municipal de Huamantla, y ordenó al Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) expedir y realizar la entrega de la constancia de mayoría a la fórmula de candidatos postulada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD).

Los magistrados declararon fundados los agravios hechos valer por el representante del PRD, José Eduardo Sampablo Arrieta, en el sentido de que el consejo municipal de Huamantla realizó de manera indebida el cómputo y calificación de 26 votos emitidos por los ciudadanos que optaron por escribir en la boleta electoral el nombre completo del integrante propietario de la fórmula de candidatos registrados para participar en la elección del pasado 5 de junio.

Lo anterior, debido a que el ITE omitió asentar los nombres de los integrantes de la fórmula en la boleta utilizada en durante jornada electoral.

En ese sentido, y en virtud de que la diferencia entre el primero y segundo lugar en esa comunidad fue de apenas siete votos, durante la instrucción del juicio aprobada por los magistrados se determinó la realización de una diligencia de verificación solo de los votos calificados a favor de candidatos no registrados, correspondientes a la casilla 198 básica.

“En este contexto, se concluye que los agravios expuestos por el actor resultan fundados en razón de que, de la calificación de los votos objeto de la diligencia, se encontraron 25 votos que a propuesta de esta ponencia (encabezada por el magistrado Luis Manuel Muñoz Cuahutle) deben considerarse válidos. Ello, debido a que los sufragantes, si bien no marcaron el recuadro correspondiente al partido mencionado, sí asentaron el nombre con el cual su candidato se ostentó durante la campaña, lo cual deja clara la intención de los ciudadanos para emitir su voto a favor del candidato propuesto por el PRD”, establece la resolución aprobada.

De esta forma, el Pleno del TET modificó el cómputo de la elección, revocó la expedición de constancia de mayoría y ordenó al ITE entregarla a los integrantes de la fórmula postulada por el PRD.

Debe ITE responder a candidato

Por otra parte, los magistrados declararon fundado el agravio hecho valer por Jorge Pérez García en contra de la omisión del Consejo General del ITE, de dar respuesta a una solicitud presentada el pasado 10 de junio de 2016, relacionada con el proceso electoral ordinario local, en particular con la elección de Presidente de Comunidad, en San José Texopa, municipio de Xaltocan.

El Pleno del Tribunal estableció que la omisión de la autoridad electoral “vulnera el derecho de petición en materia política previsto en el artículo 8 y 35, fracción V, de la Constitución Federal, al constituir un deber jurídico de los funcionarios y empleados públicos respetar este derecho, cuando sea ejercido por escrito, de manera pacífica y respetuosa”.

Sin embargo, los magistrados precisaron que el fallo no prejuzga sobre la procedencia o no respecto de lo solicitado por el promovente.

Finalmente, los magistrados electorales aprobaron un acuerdo plenario para acumular los juicios electorales de los expedientes 240 y 241 con el relativo al 219, así como el juicio electoral 225 con el 213. La acumulación tiene que ver con la declaración de validez y expedición de constancias de mayoría respecto de las elecciones de ayuntamiento en los municipios de Zacatelco y Contla de Juan Cuamatzi, respectivamente.

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