Comunicado 78

25 de septiembre de 2016

 

Confirma TET validez de la elección en el distrito XII de Teolocholco

El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) confirmó la declaración de validez de la elección en el distrito XII con cabecera en Teolocholco, así como la entrega de la constancia de mayoría a Fidel Águila Rodríguez, postulado por la coalición integrada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Verde Ecologista de México (PVEM) y Nueva Alianza (Panal).

Al resolver el expediente TET-JE-239/2016 promovido por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), los magistrados electorales calificaron como fundados pero insuficientes los agravios expuestos por el actor, los cuales pusieran en riesgo la nulidad de la elección.

El PRD expuso que el número de electores incluidos en las listas nominales de las casillas instaladas en el distrito, era superado hasta con 135 boletas de más, por lo que existían mil 966 más boletas que electores.

De igual forma, aducía que un excedente de boletas que rebasaban con mucho el número de representantes que pudieran haberse acreditado en cada casilla, además de que el número de boletas adicionales no se consignó en acuerdo alguno del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) o del Instituto Nacional Electoral (INE).

En ese sentido, argumentaba una falta de certeza y de legalidad de la elección, además de una irregularidad grave y determinante para el resultado de los comicios con la intención de favorecer a algún candidato o partido político.

Sin embargo, los magistrados calificaron como fundados pero insuficientes los motivos de disenso expuestos por el PRD, pues de una análisis respecto de la votación total emitida, las boletas sobrantes y las boletas entregadas, se desprende que no se entregaron boletas de más a las necesarias para la elección.

“En el caso concreto, se entregaron a cada presidente de mesa directiva de casilla, 22 boletas adicionales por cada casilla, a fin de que los representantes de los partidos políticos pudieran ejercer su derecho al sufragio”, expuso la ponencia del magistrado Hugo Morales Análisis.

En lo que hace al agravio consistente en que el número de electores incluidos en las listas nominales de cada una de las casillas instaladas en el distrito, era superado hasta con 135 boletas de más, el argumento resultó fundado pero insuficiente.

Lo anterior, en razón de que “de un análisis a las casillas materia de la elección, se desprende que únicamente en una de ellas existe una diferencia determinante, siendo esta la casilla 266 contigua 2, en la que la diferencia entre el primero y segundo lugar fue apenas de un voto, mientras que las boletas de más ascienden a la cantidad de 6. Sin embargo, en dicha casilla resultó vencedor el hoy impugnante, por lo que su eventual nulidad generaría un perjuicio mayor que el beneficio obtenido”.

Aunado a lo anterior, los magistrados del TET estimaron que el error detectado en aquellas casillas donde la diferencia fue mínima, puede ser subsanado si se toma en cuenta que dichas boletas pudieron corresponder a diversos ciudadanos que depositaron su boleta en una urna diversa a la que les correspondía, situación que comúnmente acontece, considerando que en algunas de esas secciones se colocaron casillas básicas contiguas y dobles contiguas”.

El resolutivo aprobado por el Pleno del TET consideró relevante que de la sumatoria a las boletas en estudio, se obtuvo que éstas ascienden a 45, por lo que atendiendo a que la diferencia total entre el primero y segundo lugar es de 272 votos, resulta claro que dicha cantidad de boletas no fue determinante para el resultado de la elección.

Por todo ello, confirmó la declaración de validez de la y elección la entrega de la constancia de mayoría a favor del Fidel Águila Rodríguez, postulado por el PRI, PVEM y Panal.

 

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