José Lumbreras García*

Los derechos político electorales y su ejercicio

El Sol de Tlaxcala, Página 10, martes 9 de mayo del 2018

A través de los derechos políticos los integrantes de las sociedades pueden elegir a quien los represente o gobierne, de ahí su relevancia en la vida de los individuos y de las comunidades, pues las decisiones que se adopten marcarán las acciones de gobierno que de una u otra forma les afectarán.

Estos derechos, que básicamente se advierten a partir de los derechos de asociación, libertad de expresión, de reunión, así como de votar y ser votados, son los que, entendidos como tales y en su pleno ejercicio, hacen posible el desarrollo de la vida democrática.

Desde luego, a la lista anterior habrá de sumarse, y de manera especial, el de la seguridad jurídica, que es precisamente el que corresponde garantizar a las autoridades jurisdiccionales, como el Tribunal Electoral de Tlaxcala.

Cabe decir que la concepción de los derechos político electorales como derechos humanos es, formalmente reconocida y por tanto derecho vigente en nuestro orden jurídico, dado que, desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos, entre otros documentos internacionales igualmente relevantes, se admite que toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos, mediante elecciones auténticas, periódicas, por sufragio universal y por voto libre y secreto. Lo anterior es igualmente reconocido en nuestra ley suprema.

Con base en lo anterior, podemos afirmar que los derechos político electorales son también derechos humanos, y aunque los mismos están ligados a la idea de ciudadanía, y por tanto su ejercicio no corresponde a todos los individuos de una sociedad, es claro que los efectos de su observancia si son generales y ello tendrá consecuencias para todos los integrantes de una comunidad.

De paso es pertinente hacer notar que, como todos los derechos humanos, es el estado, a través de quien gobierne, el que primeramente los debe respetar y garantizar.

Así, la participación de la ciudadanía en los procesos electorales, que puede ejercerse postulándose para formar parte de los órganos de gobierno o ejercer un cargo público, ya sea por la vía de los partidos políticos o en forma independiente de ellos, integrando los órganos formal y constitucionalmente creados para la organización de los comicios y la solución de las controversias que se generen, siendo parte de la observación y vigilancia de los procesos electorales o ejerciendo el voto activo, es derecho esencial que, como tal, deben ser y es garantizados por el estado a través de las instituciones creadas para ello.

Pero también su ejercicio es una responsabilidad para todas y todos aquellos que tienen vigentes sus derechos, pues debe considerarse que la naturaleza gregaria del ser humano implica la relación con sus semejantes, que siempre debe pretender las mejores condiciones de convivencia y de vida para los integrantes de una determinada sociedad.

Ello permite referir que la participación en las decisiones de la colectividad, es tanto un derecho como una responsabilidad que cada elemento de la misma debe ejercer en busca del bien común.

En la interacción social, todos tenemos algo que aportar para beneficio colectivo, y ahora que estamos en un momento trascendental de la historia moderna de México, no podemos dejar de atender a nuestra responsabilidad de participar, conforme con nuestra posibilidad y vocación, en la decisión que se tomará y que, como ya se dijo, de una o de otra forma nos afectará.

Por ello, nuevamente la invitación a ejercer nuestros derechos políticos, como fundamentales que son, entendiendo su importancia para cada uno de nosotros y para el conjunto de nuestra sociedad.

* Magistrado del Tribunal Electoral de Tlaxcala